Además de la alegría de los premiados, la Lotería de Navidad es fuente de conflictos legales en los tribunales. Si queremos evitarlos, a continuación os damos algunas recomendaciones básicas:
1. Extremar la prudencia a la hora de custodiar los décimos.
2. Aclarar la copropiedad de los mismos.
3. Evitar en caso de premio que se pueda “olvidar” su pago o gestión.
4. No deshacerse del boleto original hasta que se verifique que efectivamente no ha sido agraciado.
5. Sospechar de cualquier intento de venta o ayuda al cobro de supuestos boletos premiados o de compra del décimo afortunado, pues se puede estar favoreciendo la comisión de delito de blanqueo de capitales o ser víctima de una estafa.
Preguntas Frecuentes
¿Cómo documentar la cotitularidad o la propiedad de un boleto?
Mediante la realización de un foto o fotocopia, si bien es más conveniente hacer algún documento que exprese que se comparte, y que incluya la relación firmada y datos de participantes y proporciones de cada uno.
Actualmente loteriasyapuestas.es no permite compartir premios entre diferentes personas. Un premio entregado por la web de Loterías o las App estará únicamente asociado al usuario que efectuó la apuesta.
La incorporación de los datos de los participantes en el propio boleto, en la parte de atrás, puede tener el inconveniente de su reducido espacio en caso de muchos participantes, la manipulación y, además, del riesgo de poder deteriorarlo, lo cual podría dificultar su cobro posteriormente.
¿Cómo cobrar un boleto premiado que he compartido con otras personas, como amigos y familiares?
Cuando el premio es compartido por un grupo de familiares, amigos, compañeros de trabajo, parejas, etc… en el caso de premios mayores a cobrar en entidades bancarias, la única peculiaridad es que deben acudir todos los titulares del premio para identificarse en la entidad financiera. Si el grupo es numeroso y voluntariamente los agraciados así lo prefieren, pueden designar un representante para realizar las gestiones en nombre de todos. Este apoderamiento debe conferirse en documento público ante un notario, ya que hablamos de importes elevados de caudales públicos, lo que requiere tener certeza de a quién y por qué se paga.
De no hacerse así, se podrá considerar que en los pagos al resto de copartícipes se está ante una modalidad de donación, con los efectos tributarios que ello conllevaría a efectos del pago de dicho impuesto. Por tanto, correctamente identificados los premiados, el banco puede abonar el premio entero, una vez descontado el importe por el cual se tributa —actualmente un 20%—, en la cuenta de la persona que ya es titular de una cuenta en ese banco y que después repartirá según lo convenido.
¿Que me puede pasar si me quedo el premio y no lo comparto?
En ese caso, los jugadores perjudicados podrían denunciar por delito de apropiación indebida. Dependiendo de la cuantía del premio las penas varían considerablemente, desde penas de multa hasta en casos más graves, penas de prisión.
El décimo encontrado de manera casual, ¿lo puedo cobrar?
No, se podría estar cometiendo un delito de apropiación ilícita previsto en el artículo 254 del Código Penal, que contempla una pena de multa de tres a seis meses para quien se apropie de una «cosa mueble ajena». Y ello, se cobre o no se cobre finalmente el premio, con la diferencia de que si se cobra se tendrá que devolver la totalidad del importe del premio, deducida en su caso la retención del impuesto correspondiente (Sentencia del Juzgado de lo Penal n.º 2 de Lugo 194/2017, de 31 de mayo) más los intereses devengados.
Nuestros profesionales se ponen a su disposición para solventarle las dudas que pueda tener al respecto y auxiliarle en los trámites que puedan resultar pertinentes.